OEA – Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) el Caso No. 12.354, Pueblos Indígenas Kuna de Madungandí y Emberá de Bayano y sus miembros, Panamá.
Los hechos de este caso se refieren al incumplimiento por parte del Estado de Panamá de su obligación de proveer a los pueblos indígenas Kuna de Madungandí y Emberá de Bayano y sus miembros de un procedimiento adecuado y efectivo para el acceso a su teerritorio ancestral, así como para obtener una respuesta frente a las múltiples denuncias de injerencias por parte de terceros en sus territorios y recursos naturales. Desde la perspectiva del derecho a la igualdad y no discriminación, la secuencia de violaciones cometidas en perjuicio de estos dos pueblos indígenas constituyen una manifestación de discriminación, que se ve reflejada en la vigencia de normas que responden a una política de carácter asimilacionista que contribuye a las violaciones de los derechos a la propiedad del territorio ancestral y a los recursos naturales de los pueblos indígenas.
Específicamente, el caso se refiere a la violación continuada del derecho a la propiedad colectiva de los pueblos indígenas Kuna de Madungandí y Emberá de Bayano y sus miembros, como consecuencia del incumplimiento por parte del Estado de Panamá, al día de hoy, del pago de indemnizaciones económicas derivadas del despojo e inundación de los territorios ancestrales de las víctimas a partir del año 1969. El caso también se relaciona con la falta de reconocimiento, titulación y demarcación durante un largo periodo de tiempo, de las tierras otorgadas al pueblo indígena Kuna de Madungandí, así como con la falta de reconocimiento, demarcación y titulación, hasta el día de hoy, de las tierras otorgadas al pueblo indígena Emberá de Bayano. El incumplimiento de estas obligaciones estatales en materia de propiedad colectiva de los pueblos indígenas estuvo acompañado a su vez de un sistemático desconocimiento de múltiples compromisos legales asumidos por el Estado incluso hasta el año 2010. Además de lo anterior, en el presente caso el Estado panameño incumplió con sus obligaciones de prevención frente a la invasión de colonos y la tala ilegal de madera como corolario de su obligación de protección efectiva del territorio y los recursos naturales de los pueblos indígenas Kuna de Madungandí y Emberá de Bayano y sus miembros. Esta situación se recrudeció a partir de la década de 1990. (mais…)