1. Los pueblos indígenas amazónicos nos movilizamos en agosto del 2008 y abril del 2009, demandando la derogatoria de varios decretos legislativos emitidos por Gobierno del Presidente Alan García; exigiendo el Derecho a ser Consultados, de acuerdo a lo establecido por el Convenio 169 de la OIT, ratificado por el Estado peruano, mediante Resolución Legislativa Nº 26253, vigente en nuestro país desde de febrero de 1995. Siendo un Tratado Internacional de obligatorio cumplimiento por parte del Estado y el Gobierno.
2. En mayo del 2010, el Congreso de la República, aprobó mediante un amplio consenso de los diferentes partidos y movimientos políticos representados en el Poder Legislativo, la “Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios reconocido en el Convenio Numero 169 de la Organización Internacional del Trabajo”. Al aprobarse la Ley de Derecho a la Consulta a los Pueblos Indígenas, el Congreso de la República reconoció la LEGITIMIDAD DE NUESTRAS LUCHAS Y NOS HA DADO LA RAZON EN LA DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS Y TERRITORIOS. (mais…)