Ley 30230 atenta contra la seguridad territorial de las comunidades campesinas y nativas

Rocio Silva Santisteban, secretaria ejecutiva de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos
Rocio Silva Santisteban, secretaria ejecutiva de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos

Representantes de la sociedad civil y de los pueblos originarios apuntaron duras críticas al contenido del Título III de la norma

Servindi, 16 de octubre, 2014.- La Ley 30230 que se aprobó en julio de este año con el fin, según el gobierno, de dinamizar la inversión atenta contra el ejercicio de la propiedad privada de las comunidades campesinas y nativas y el ordenamiento territorial en el país, originando un caldo de cultivo para números conflictos sociales.

La denuncia la hicieron el miércoles último representantes de cuatro importantes redes de la sociedad civil: el Colectivo Territorios Seguros para las Comunidades del Perú, la Plataforma de Ordenamiento Territorial, la Red Muqui y la Plataforma Gobernanza Responsable de la Tierra.

Ellos denunciaron que la Ley 30230, que fue una iniciativa del Ministerio de Economía y Finanzas, coloca en situación de vulnerabilidad a más de 8 mil comunidades campesinas e indígenas.

Sostuvieron así que si bien la inversión es muy importante para la economía del país, la Ley N° 30230 da muestras de una preocupante miopía que podría tener serias consecuencias para la paz social y el propio clima de inversiones que pretende fortalecer.

Citaron como ejemplo de ello, el Título III de la Ley que permite al Estado, mediante “procedimientos especiales”, entregar tierras a proyectos de inversión, en la ubicación y cantidad que estos requieran para sus actividades, ignorando los derechos de propiedad que asisten a sus propietarios legítimos.

Advirtieron en ese sentido que están sujetos a estos procedimientos especiales todos los predios, trátese de tierras privadas o estatales, ya sea que estén respaldadas por títulos saneados o certificados de posesión. Tampoco se aplica excepciones de ningún tipo.

Richard Smith, director ejecutivo del Instituto del Bien Común (IBC), organización que lidera el Colectivo Territorios Seguros para las Comunidades del Perú, explicó que el citado título de la ley se quedó ausente del debate en julio.

“Haciendo el análisis, nos dimos cuenta de que este título III es una bomba de tiempo, pues estos predios a los que hace mención pueden ser propiedad privada o del Estado”, explicó.

Seguidamente precisó: “Si son propiedad privada, ya con título y registrados, entonces le corresponde a Cofopri delimitar el área que requiere el proyecto de inversión, en el lugar y tamaño que solicite, y traspasar la propiedad al proyecto de inversión mediante ‘procedimientos especiales’”.

“Nosotros nos preguntamos cuáles son estos procedimientos especiales, porque la ley no lo define, podría tratarse de un proceso de expropiación, confiscación, etc.”, apuntó.

Una reforma agraria al revés

Richard Smith agregó que existe otro punto, el artículo 57 de la ley, que faculta a la Superintendencia de Bienes Nacionales poderes extraordinarios de extinguir las “cesiones en uso” de las tierras y recursos estatales.

Esta podría ser una amenaza directa a las Comunidades Nativas ya que el Estado no da título de propiedad sobre las tierras clasificadas como “forestales”, sino da una “cesión en uso”, remarcó.

¿Qué hacer al respecto?

Para el representante del IBC, lo que se debe hacer es derogar el título III y “excluir a las comunidades y pequeños propietarios y agricultores del alcance de este punto de la ley, en cuya reglamentación no se ha considerado ni al Ministerio de Agricultura y Riego – Minagri, ente rector de titulación de las tierras rurales; ni al Ministerio de Cultura, ente rector para las poblaciones indígenas en el Perú.”

“¿Ha habido una consulta previa sobre la ley y su reglamento? No”, sentenció Smith.

Cabe destacar que la Defensoría del Pueblo envió una carta a la presidenta del Consejo de Ministros, Ana Jara, en la que indicaba que esta ley no es aplicable a los territorios comunales porque va en contra de la Constitución.

Grave atentado al ordenamiento territorial

Por su parte, Álvaro Campana, coordinador de la Plataforma de Ordenamiento Territorial, sostuvo que la Ley 30230 toca brevemente el tema del ordenamiento territorial en su artículo 22; sin embargo, afirmó, “prácticamente echa abajo todo lo que se ha avanzado en materia de ordenamiento y las acciones para evitar la superposición de usos, la falta de planeamiento, la depredación de recursos, los conflictos sociales y la afectación de los derechos de la población.”

Recordó que el propio presidente de la República, Ollanta Humala, al inicio de su gestión, afirmó que hay que definir qué áreas son para conservación y qué otras corresponden a la explotación de recursos renovables y no renovables; con participación de la población para evitar males como la tala ilegal de madera.

“Ahora, se quiere dejar el territorio al libre albedrío de las inversiones. El presidente prometió una ley de ordenamiento territorial, sin embargo esta aún no se discute en el Congreso”, expresó.

De la misma forma, se afecta y relativiza las competencias del Ministerio del Ambiente (Minam) en materia de ordenamiento territorial, así como de los gobiernos regionales, sostuvo.

Luego de ello, explicó que durante un año se trabajó en el planteamiento de una política de Estado para el ordenamiento territorial, esfuerzo que con esta ley “se ha venido abajo, pues la misma población que habita los territorios es excluida de decidir lo que se va a hacer con él”.

“Ante la falta de un marco institucional y social claro para el uso del territorio lo que se pone en riesgo son las propias inversiones porque no hay condiciones sociales que hagan posible que estas inversiones puedan desarrollarse con transparencia y marcos claros”, dijo.

Por su parte, Antolín Huáscar, vocero del Pacto de Unidad de Organizaciones Indígenas del Perú, explicó que estas normas se han venido arrastrando desde hace décadas en el país.

“En el año 1992, con el gobierno de Alberto Fujimori, nació el decreto legislativo 653, que abrió el camino para el ingreso de inversión privada sobre las tierras de comunidades campesinas nativas. Luego vino el paquete de decretos legislativos de Alan García, con lo que se provocó la matanza en Bagua. Ahora, el Congreso aprueba una norma que no tiene el aval de todos los congresistas, sino que fue aprobada casi desapercibidamente”, explicó Huáscar.

Finalmente, Rocío Silva Santisteban, de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH), indicó que en el informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación existe una recomendación sobre ordenamiento territorial.

“Para que el país sea más justo debe haber un planteamiento de ordenamiento territorial que establezca en qué espacios hay reservas ecológicos, minería o hidrocarburos”, afirmó.

Desde el 2013

“¿Dónde ha nacido, sobre todo, el título III de esta ley? Existe un documento denominado Plan de Acción para Mejorar los Procesos de Saneamiento Físico Legal de Predios para la Inversión, y sale del ‘Consejo Nacional de la Competitividad’, que es un pequeño grupo dentro del Ministerio de Economía y Finanzas.

Este plan, de julio de 2013, cuando aún no se hablaba de crisis ni de reactivar la economía, es la base para el Título III de la Ley 30230. Entre los muchos documentos de este Consejo encontrarán también documentación de consultorías sobre cómo facilitar las expropiaciones, y las bases de los ‘paquetazos’ que se vienen a futuro”, finalizó Richard Smith.

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