Servindi – En dos históricas sentencias, un tribunal ordenó suspender el proyecto ecoturístico Los Ciruelos, establecido en tierras sagradas de los indígenas de Sierra Nevada de Santa Marta, al interior del Parque Tayrona, en Colombia, y ordenó la realización de un proceso de consulta a las comunidades afectadas.
El Tribunal Administrativo de Magdalena falló el martes de manera favorable la demanda de tutela presentada por la Fundación Misión Colombia y la presidenta del Polo Democrático, Clara López Obregón, para suspender el proyecto ecoturístico Los Ciruelos y el proceso de licitación y contratación de la concesión de un sector del Parque Nacional Tayrona.
En la primera sentencia, el Tribunal ordenó a la Sociedad Reserva Los Ciruelos SAS suspender sus actividades del proyecto Los Ciruelos y junto al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, la conminó a realizar un proceso de consulta previa a las comunidades de Sierra Nevada de Santa Marta.
El fallo indica que la consulta deberá ser llevada a cabo “mediante un procedimiento apropiado, previamente consultado con dichas autoridades, en orden a establecer la afectación que el Proyecto Ecoturístico ‘Los Ciruelos’ puede causar en la integridad cultural, social y económica de dichas comunidades”.
Una vez concluido el proceso de consulta, la sentencia ordena “a los organismos estatales y a la Sociedad accionada dar cumplimiento al Acuerdo realizado con las comunidades indígenas”.
Asimismo, ordenó a la Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior aclarar a las empresas interesadas en emprendimientos que potencialmente puedan afectar territorios indígenas; y a las entidades estatales que deban autorizarlos, que deben agotar previamente el proceso de consulta “en los términos ampliamente precisados por la jurisprudencia constitucional”, precisó.
El fallo dispone también que debe prevenirse al Ministerio de Ambiente y Desarrollo y a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales para que, en el futuro, se abstenga de dar licencias y medidas administrativas que intervengan sobre territorios habitados por indígenas , “sin agotar el requisito de consulta previa en las condiciones precisadas en esta providencia”.
En la segunda sentencia, el Tribunal Administrativo del Magdalena ordenó la ejecución de un proceso de consulta – en un plazo de 30 días- sobre la concesión turística que opera la empresa Aviatur en el área natural.
La consulta tendrá como fin “adoptar medidas de compensación cultural por los impactos y perjuicios causados a la comunidad dentro de su territorio ancestral con ocasión de la concesión”, indica el fallo.
Igualmente, se dispone que las autoridades y empresas implicadas procedan a cumplir de manera inmediata el acuerdo que se diera con la comunidad.
“Este proceso deberá completarse en un periodo de noventa (90) días hábiles contados a partir del inicio del proceso de consulta, prorrogable, por solicitud de las partes, de conformidad con las normas vigentes, y deberá hacerse participe a la Gobernación del Magdalena y a la Alcaldía Distrital de Santa Marta”, señala la sentencia.
Por otra parte, ordenó que se precise y delimite las zonas consideradas sagradas por los indígenas y que se suspenda el ingreso de turistas hasta que se lleve a cabo el proceso de consulta. Igualmente, dispuso que se elimine cualquier barrera que impida el libre tránsito o permanencia en el parque Tayrona.
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