Perú: Preguntan al MINEM si cumplió con consulta a pueblos indígenas en lotes petroleros

Servindi – La Asociación Interétnica de la Selva Peruana (AIDESEP) y el Instituto de Defensa Legal (IDL) pidieron al Ministerio de Energía y Minas que informe si cumplió con el proceso de consulta previa para la adjudicación de 25 lotes petroleros a favor de varias empresas, entre las que resaltan Ecopetrol y Repsol YPF.


El pedido se realizó por los lotes de hidrocarburos 165, 166, 167, 168, 177, 178, 179, 181, 183, 185, 186 y 187 (Cuenca Marañón); 169,171, 173, 174, 175, 176, 188 y 189 (Cuenca Ucayali); 180, 182 y 184 (Cuenca Huallaga), 172 (Cuenca Santiago) y el lote XVII (Cuenca Sechura).

La preocupación e interés central de la misiva es conocer si se realizaron los procesos de consulta o solamente los talleres informativos, ya que son dos cosas distintas.

El primero, consiste en preguntar a las comunidades su opinión y su conformidad sobre las actividades que se realizarán en sus territorios. El segundo, en cambio, pone en conocimiento las actividades a realizarse en su territorio, sin requerir su opinión.

La realización de talleres informativos no exonera al Estado de su obligación de realizar la consulta previa, tal como lo ha señalado el fundamento jurídico 9 de la sentencia del TC (Exp. Nº 00022-2009-PI/TC).

La carta fue remitida el pasado 15 de octubre y está firmada por Ernesto de la Jara y Alberto Pizango, en representación de ambas organizaciones.
La misiva formula una segunda pregunta al titular de Energía y Minas, Pedro Sánchez Gamarra, que consiste en saber cuál fue la opinión de los Pueblos Indígenas (comunidades nativas) que, según la nota informativa de Perupetro del 6 de octubre del año 2010, fueron consultadas en los procesos realizados.
Cabe destacar que el derecho de consulta está contemplado en el Convenio 169 de la OIT y que no requiere de una ley para su cumplimiento, no obstante, haberse aprobado una autógrafa de ley sobre consulta previa, que ha sido observada por el presidente Alan García.

Asimismo, el Tribunal Constitucional ha desarrollado un conjunto de reglas indispensables para la implementación y la realización de la consulta previa (Exp. Nº 0002-2009-PI/TC).

De conformidad con el artículo 82 del Código Procesal Constitucional (Ley Nº 28237) las sentencias del TC expedida en procesos de inconstitucionalidad además de tener la naturaleza cosa juzgada tienen efectos generales y vinculan a todo los poderes públicos.

El pasado 14 de octubre, Perupetro adjudicó 14 de los 25 lotes petroleros mediante licitación internacional . Los 11 lotes que fueron declarados desiertos buscan ser entregados por Perupetro sin concurso de por medio.

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