ONU: Piden que la UNESCO respete a indígenas en decisiones sobre patrimonio mundial

Endorois, de Kenya, afectados por declaración de Lago Boloria como Patrimonio Mundial

Un conjunto de instituciones de la sociedad civil se pronunció a favor que la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) garantice el derecho de los pueblos indígenas a participar en la toma de decisiones en el contexto de la Convención sobre el Patrimonio Mundial de la UNESCO de 1972.

Las organizaciones solicitaron al Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (MEDPI) reunido en Ginebra, peticionar para que la UNESCO permita y garantice la representación efectiva de los pueblos indígenas en sus procesos de adopción de decisiones.

En particular, debe garantizarse la consulta adecuada con los pueblos indígenas para que se obtenga su libre consentimiento informado previo cuando se nominan e inscriben sus territorios como Bienes Patrimonio Mundial, indica la petición.

La declaración fue suscrita por el Grupo de Trabajo Internacional sobre Cuestiones Indígenas (IWGIA), el Centro para el Desarrollo de los Derechos de las Minorías, Kenia (CEMIRIDE), el Minority Rights Group International (MRG) y el Consejo para el Bienestar Endorois (Endorois Welfare Council).

La declaración describió el caso del pueblo Endorois, de Kenya, y sostuvo que no se trata de un caso aislado pues existen numerosos ejemplos de sitios indígenas en la Lista del Patrimonio Mundial que se han inscrito sin el libre consentimiento informado previo de los pueblos indígenas afectados.

El caso es preocupante porque estas violaciones provienen “de una organización que se supone comprometida en promover “el respeto de los derechos humanos”, “los principios democráticos” y “el diálogo entre las civilizaciones y las culturas”, en referencia a la UNESCO.

El caso Endorois

La petición describe el caso del pueblo Endorois, en Kenya, que fue expulsado de sus tierras para favorecer el desarrollo turístico en abierta violación a sus derechos humanos, a la propiedad, la salud, la cultura, la religión y los recursos naturales.

Una reciente sentencia de la Comisión Africana de Derechos Humanos constató dichas violaciones y opinó que “la tierra que rodea el lago Bogoria es la tierra tradicional del pueblo endorois” y que “la comunidad endorois tiene derecho a la propiedad en relación con sus tierras ancestrales.”

A pesar de ello, la UNESCO nominó al lago Bogoria como un bien Patrimonio Mundial de la UNESCO. La nominación se preparó y presentó sin consultar a los endorois y sin obtener su libre consentimiento informado previo, ignorando la situación y el fallo de la Comisión Africana.

El Comité del Patrimonio Mundial de la UNESCO inscribió el lago Bogoria en la Lista del Patrimonio Mundial sin ni siquiera discutir el tema de la participación y el consentimiento de los pueblos indígenas e ignorando diversas peticiones.

El caso del pueblo Endorois es un claro ejemplo de violación de los derechos de los pueblos indígenas a participar en la toma de decisiones no solo en el nivel nacional, sino directamente por parte de una organización intergubernamental que es parte del sistema de las Naciones Unidas.

En consecuencia,  los peticionantes proponen revisar en profundidad los actuales procedimientos y de las Directrices Prácticas del Comité del Patrimonio Mundial para garantizar que la aplicación de la Convención está en consonancia con la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

http://servindi.org/actualidad/48161?utm_source=feedburner&utm_medium=email&utm_campaign=Feed%3A+Servindi+%28Servicio+de+Información+Indigena

 

Deixe um comentário

O comentário deve ter seu nome e sobrenome. O e-mail é necessário, mas não será publicado.